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Éxodo 22

Éxodo 22

Dios v.1

Cuando alguno hurtare buey u oveja, y le degollare o vendiere, por aquel buey pagará cinco bueyes, y por aquella oveja, cuatro ovejas.

Dios v.2

Si el ladrón fuere hallado forzando una casa, y fuere herido y muriere, el que le hirió no será culpado de su muerte.

Dios v.3

Y si el sol ya había salido sobre él; el matador será reo de homicidio. El ladrón hará completa restitución; si no tuviere con qué, será vendido por su hurto.

Dios v.4

Si fuere hallado con el hurto en la mano, sea buey o asno u oveja vivos, pagará el doble.

Dios v.5

Si alguno hiciere pacer campo o viña, y metiere su bestia, y comiere la tierra de otro, de lo mejor de su tierra y de lo mejor de su viña, pagará restitución.

Éxodo 22